Entiéndase por Autoevaluación para el Proceso de Habilitación, el ejercicio que usted realizará revisando las características de cada uno de los servicios que va a inscribir o habilitar, contra los estándares y criterios de la resolución 1043 de 2006, para que usted mismo califique y determine si su servicio Cumple con todos y cada uno de los criterios establecidos en las normas que le aplican a sus servicios.
La Autoevaluación para el proceso de Habilitación se utiliza para:
- La Inscripción (Habilitación) de servicios o instituciones nuevas
- El reporte de Novedades de los servicios o instituciones que ya se encuentran funcionando según los siguientes casos:
- Novedades del prestador
- Novedades de sede
- Novedades de Capacidad Instalada
- Novedades de Servicios
Previo al proceso de Inscripción, los prestadores de servicios de salud podrán recibir, en el 1° piso del Edificio CRUE de la SDS Carrera 32 N° 12 – 81, (nueva nomenclatura), toda la información que requieran en los temas relacionados con la Inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud., tenga en cuenta que el formulario de inscripción que se debe diligenciar es el 4.0
PASOS:
ó diríjase a la SDS (Carrera 32 N° 12 – 81 nueva dirección,1° piso del Edificio CRUE , Oficina de Habilitación) con un CD, donde se le grabará la información respectiva.
- Realice el proceso de “Autoevaluación para la Habilitación” y verifique que los servicios que usted presta cumplen con los estándares de condiciones tecnológicas y científicas. Ejecute las actividades necesarias para dar cumplimiento a todos los estándares de habilitación antes de presentar la inscripción.
- Diligencie el formulario de Inscripción o Novedades, según corresponda siguiendo las indicaciones del instructivo. Diligencie el Formulario de inscripción para la sede principal y el formulario de novedades para cada una las sedes, en original y copia, también se deben anexar los soportes obligatorios indicados en el formulario.
- Elabore el Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC), establecido en el decreto 1011 de 2006, basados en las Pautas de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud 2007, expedidas por el Ministerio de la Protección Social.
- Verifique además que cumpla con las condiciones de capacidad técnico - administrativa y de suficiencia patrimonial y financiera de la IPS.
- Presente la Certificación de Suficiencia Patrimonial y Financiera expedida por el Contador o Revisor Fiscal según corresponda.
En los Anexos Técnicos Nº 1 de las Resoluciones 1043 de 2006, 2680 y 3763 de 2007, encontrará los estándares de obligatorio cumplimiento para los servicios de salud ofertados.
DOCUMENTOS PARA REALIZAR TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN PARA IPS
- Presente los siguientes documentos:
- Instrumentos de Autoevaluación (Anexos Técnicos Nº 1 de las Resoluciones 1043 de 2006, 2680 y 3763 de 2007). Estos documentos NO deben imprimirse, solamente se presentan diligenciados y grabados en un CD.
- Formulario de Inscripción o de Novedades, según corresponda, en original y copia debidamente diligenciado (impreso) de acuerdo con el instructivo. Este documento debe imprimirse con todas las hojas y, además, grabarse diligenciado en el CD. No se requiere impresión a color.
- Acto de creación de la institución, (Cámara de Comercio, Personería jurídica, Ley, Ordenanza, Acuerdo, Decreto, etc.) según sea el caso.
- Copia del documento de identificación del representante legal.
- Fotocopia del NIT
- Certificación de suficiencia patrimonial y financiera de la IPS en original, expedida por contador titulado y/o Revisor Fiscal. Importante registrar en cada ítem los valores en cifras o en el CD que se le graba al prestador en la SDS.
- Copia de la tarjeta profesional del Contador y/o Revisor Fiscal. En el Artículo 3°, párrafo 3 de la Ley 43 de 1990 se establece la obligatoriedad de la firma y número de tarjeta EN TODOS LOS ACTOS DE LOS contadorES y/o revisorES fiscalES.
- Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC). Este documento NO debe imprimirse, solamente debe grabarlo en el CD que entregará.
- Si la IPS declara servicio de Traslado Asistencial de Pacientes (Ambulancias), además debe anexar: copia de la tarjeta de propiedad de los vehículos y de la revisión técnico - mecánica expedida en los lugares autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad; si el modelo del vehículo es del año vigente no requiere presentar la revisión Técnico-Mecánica. El período de vigencia o de validez de la revisión técnico-mecánica para ambulancias es de un año.
- Si la IPS declara servicio de radiología e imágenes diagnósticas o de toma e interpretación de radiologías odontológicas, debe anexar la copia de la Licencia de Funcionamiento vigente de los equipos que se encuentren en el servicio. No es válido el radicado del trámite de solicitud de la licencia para la inscripción o novedad de este servicio, siempre debe tener licencia vigente.
PARA TODOS LOS PRESTADORES, TENGA EN CUENTA QUE:
En un CD deben presentarse los siguientes archivos grabados:
- Documentos de Autoevaluación DILIGENCIADOS;
- Formulario de inscripción o de Novedades, según corresponda, DILIGENCIADOS.
- Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) solamente para las IPS.
Los documentos impresos y el CD con los archivos grabados y diligenciados se presentarán en un sobre de manila marcado con la siguiente información:
- NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O PRESTADOR. (Incluir nombre del Representante Legal de la IPS)
- TELÉFONOS, FAX
- DIRECCIÓN ACTUALIZADA
El sobre con los documentos se entrega directamente en la Oficina de Habilitación, 1° piso del Edificio CRUE de la Secretaria Distrital de Salud, Carrera 32 N° 12 – 81 nueva dirección, de lunes a viernes de 8:00 am. – 4:00 pm.
Previo al diligenciamiento del formulario, se debe verificar el cumplimiento de los estándares exigidos para los diferentes servicios que declara.
Diligencie el formulario en el computador ya que debe presentarlo diligenciado e impreso en dos ejemplares y grabado en un CD (No se reciben formularios diligenciados a mano).
- Durante el diligenciamiento tenga en cuenta que los formularios de inscripción y/o novedades presentan, en algunas celdas, unos menús desplegables cuando se sitúa el cursor en ellas, para seleccionar la respuesta que corresponde a su caso; además hay otras celdas que se encuentran bloqueadas, esto con la intención expresa de que no se pueda registrar nada en esas celdas y así ayudar al prestador a definir las opciones de selección, por ejemplo, en el caso de las modalidades y las complejidades de los servicios.
Diligencie el formulario consignando todos los servicios que oferta de manera permanente con su respectivo código y señale el grado de complejidad en el que se presta.
Los servicios que se ofertan esporádicamente no deben declararse y debe informarse de este hecho a la Secretaría de Salud para que se le practique una visita de verificación.
Si no cumplen con las condiciones para habilitarse no pueden prestar el o los servicios que oferta y por lo tanto no debe habilitarse.
El formulario de inscripción debe estar firmado por el representante legal de la IPS o por el profesional independiente que presta directamente el servicio, anotando el número de su documento de identificación.
Solo se inscriben las sedes asistenciales que se encuentran ubicadas en Bogotá.
El contenido de los documentos de Autoevaluación (Anexo Técnico Nº 1 de las Resoluciones 1043 de 2006, 2680 y 3763 de 2007) y de los Formularios de Inscripción y/o Novedades NO deben modificarse.
Para realizar la novedad de cambio de nomenclatura se debe anexar la certificación de catastro donde este registrada la dirección anterior al cambio de nomenclatura.