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Sistema único de habilitación 
Secretaria Distrital de Salud de Bogotá
 
 

El Sistema Único de Habilitación (Resolución 1043 de 2006, Resolución 2680 de 2007, Resolución Nº 3763 de 2007),  establece las condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención. La Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud - Vigilancia y Control de la Oferta de la Secretaría Distrital de Salud, ofrece procesos de capacitación colectiva, personalizada y asesoría permanente, relacionados con diversos aspectos requeridos para facilitar: 




  • CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE HABILITACIÓN

Una vez efectuada la visita de verificación de las condiciones de habilitación al prestador de servicios de salud, si el resultado es el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos que le apliquen (condiciones tecnológicas y científicas, condiciones de suficiencia patrimonial y financiera y condiciones técnico – administrativas), la Secretaria Distrital de Salud expide la “certificación de cumplimiento de las condiciones de habilitación” al prestador. Es importante que el prestador de servicios de salud reclame esta certificación  ante el Ente Territorial y junto con el distintivo la fije en un lugar visible al publico conforme lo establece el Decreto 1011 de 2006.