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Día Distrital de la Donación de Órganos y Tejidos, otra forma de dar vida​​

Abril 25,2017

Día Distrital de la Donación de Órganos y Tejidos,  otra forma de dar vida

Donación de Órganos

En conmemoración del Día Distrital de la Donación de Órganos y Tejidos, la Secretaría Distrital de Salud y el Concejo de Bogotá otorgan este 25 de abril la Orden "Responsabilidad Social Dona Bogotá" a las personas naturales y jurídicas comprometidas con la donación de órganos y tejidos humanos en el Distrito Capital, de conformidad con lo establecido en los Acuerdos 369 de 2009 y 530 de 2013.

Esta iniciativa reconoce y exalta desde hace 8 años a las personas naturales y jurídicas que incentivan y promueven a través de actos de sensibilización, la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante e implante, y que apoyan a pacientes trasplantados.

Durante lo corrido de este año, la Secretaría Distrital de Salud, a través de la Coordinación Regional N° 1 (que comprende Bogotá y 12 departamentos del centro y sur del país), ha gestionado la obtención de 121 órganos: 79 riñones, 33 hígados, 6 corazones y 3 pulmones, y la recepción de 25 órganos de otras regionales. Con estos órganos donados se han realizado 146 trasplantes, beneficiando a 123 personas.

En este año el porcentaje de trasplantes ha aumentado en un 32% con respecto al año anterior, por cuanto para el mismo periodo de tiempo (enero-abril), esta misma regional coordinó en 2016 el trasplante de 99 órganos: 69 de riñón, 26 de hígado, 3 de corazón, 1 pulmón, beneficiando a 79 personas.

La reciente entrada en vigencia de la Ley 1805 de 2016 por la cual se amplió la presunción legal de la donación de órganos y tejidos para fines de trasplante y otros usos terapéuticos, lo que convierte a todos los colombianos en donantes potenciales, a menos de que en vida manifiesten el deseo de no serlo, representa un gran avance en este tema que puede beneficiar a cientos de pacientes que están en listas de espera; sin embargo, es fundamental continuar con las actividades de sensibilización y promoción del mismo para que todas las personas puedan tomar una decisión con conocimiento y conciencia.

El mencionado evento de reconocimiento se llevará a cabo este martes 25 de abril a partir de las 2:30 en el auditorio de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, carrera 32 No. 12-81.

Cifras

  • Al mes de abril de 2017, en Bogotá y los demás departamentos que comprenden la Regional No. 1 (Boyacá, Tolima, Cundinamarca, Amazonas, Vaupés, Vichada, Putumayo, Caquetá, Casanare, Meta, Guaviare y Guainía) se encontraban en lista de espera 2.814 pacientes activos, que necesitan de un órgano o tejido, en especial córneas.
     
  • En el caso de esta Regional, 1.677 pacientes están en lista de espera para órganos así: 1.562 de riñón, 85 de hígado, 22 de pulmón y  8 de corazón; 1.137  para tejidos oculares, y 105 personas han sido evaluadas para trasplante de médula ósea.

  • Durante el periodo de enero a marzo del año 2017, el promedio mensual de pacientes que ingresaron a lista de espera para un trasplante fue de 55 personas.

Para tener en cuenta:

  • En vida se puede ser donante de órganos como 1 riñón, 1 segmento del hígado, 1 segmento del pulmón, y tejidos como membrana amniótica, células de cordón umbilical y médula ósea.
  • Después de fallecido se pueden donar órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones, páncreas e intestino, y tejidos como córneas, piel, hueso, válvulas cardíacas y tendones.
  • Con la donación de órganos y tejidos, cada donante puede beneficiar más de 55 personas.
  • Para registrarse como donante voluntario de órganos y tejidos ingrese a la página del Instituto Nacional de Salud www.ins.gov.co  y obtenga el carné como donante.
  • Según la ley 1805 de 2016 cualquier colombiano que en vida no haya expresado por escrito su negativa a donar órganos y tejidos,  es un potencial donante. Quien no desee donar sus órganos y tejidos debe hacer una  declaración ante notario público manifestando su negativa y enviarla al Instituto Nacional de Salud (INS) o  al momento de afiliarse a una EPS, la cual tiene la obligación de enviar esta información al INS.
  • En el caso de los menores de edad, son los padres los que autorizan la donación por sus representantes legales.
  • Para mayor información sobre este proceso, puede comunicarse con la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, teléfonos 3649090 ext. 9043 y 9665, o con el Instituto Nacional de Salud, teléfonos 2 20 77 00 ext. 1703 – 1704  ó 2 20 09 25, web: www.ins.gov.co.