Se procede a surtir la notificación de los actos administrativos señalados siguiendo los lineamientos de la Ley 1437 de 2011 artículo 69 que establece; “Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva Entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. El aviso se entenderá publicado el día siguiente de su creación y retirado al finalizar el 5 día siguiente a la creación del presente aviso o en su defecto en la fecha que indique en formato especial esta notificación. El acto administrativo publicado permanecerá en cartelera de la dependencia que emite el mismo mínimo los 5 días antes enunciados.