El ente rector de la salud pública en todo el Distrito Capital impartió directrices a todos los actores del sector para que se adelanten acciones que permitan fortalecer la atención integral y segura de la población en edad fértil y gestantes, en el marco de la implementación del modelo de salud MAS Bienestar y en el objetivo de avanzar en la protección de la salud materna.
Entre las directrices impartidas con la expedición de la Resolución 1400 de 2024, la Secretaría de Salud les pide a todos los actores que garanticen un acceso efectivo a métodos de anticoncepción, especialmente para mujeres en edad fértil que tienen condiciones crónicas.
De otra parte, establece acciones integradas entre los Equipos Básicos Extramurales, los referentes de la cohorte de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) y su red prestadora para implementar de manera progresiva la estrategia Distrital denominada ‘Ángeles Guardianes’, en el marco del plan de aceleración para la reducción de la mortalidad materna.
También se indica que se debe gestionar, con la red integral e integrada de prestadores de servicios de salud, la entrega efectiva de los medicamentos prescritos para el manejo de la condición de salud previo al egreso hospitalario, evitando barreras administrativas para su dispensación efectiva.
Igualmente, solicita que se articulen y gestionen rutas de atención ante agresiones, traumas y violencias sobre personas gestantes, con el objetivo de garantizar la restitución de derechos, especialmente en menores de 14 años.
Para garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud, la norma mencionada también pide la realización de dos consultas en la atención preconcepcional, con adecuada identificación e intervención del riesgo pregestacional, así como el seguimiento a la adherencia en mujeres y personas en edad fértil con especial énfasis en condiciones crónicas.
Adicionalmente, la Resolución 1400 busca garantizar la atención integral con enfoque intercultural y étnico a mujeres y personas en capacidad de gestar en condición de migración no formalizada, dentro de la Ruta Integral de Promoción de la Salud Sexual y Reproductiva y la Ruta Integral de Atención del Grupo de Riesgo Materno Perinatal.
Puntualmente, a las EAPB se les pide el desarrollo de acciones intensas que orienten, incentiven y organicen a la población para que utilice servicios de protección específica y detección temprana; a los prestadores que dispongan permanentemente el kit de emergencia obstétrica y el plan de aceleración de la reducción de la mortalidad materna.
A las IPS primarias se les indica la necesidad de conformar un equipo básico intramural que deberá hacer seguimiento al control del riesgo de la población que le haya sido asignada, además de garantizar la atención oportuna a la demanda de servicios. De igual manera se deben integrar en el marco del modelo MAS Bienestar para ofrecer respuesta oportuna en salud, garantizando acceso seguimiento y monitoreo a mujeres, personas en edad fértil y gestantes con principal énfasis en aquellas que presentan riesgos o comorbilidades desde los entornos del hogar, educativo, laboral, institucional y comunitario para una atención integral y oportuna.
Finalmente, se conmina a todos los actores a establecer centros de atención especializada con excelencia para atención de eventos obstétricos.
Las directrices de la Resolución 1400 fueron impartidas a Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, entidades de regímenes especiales y de excepción, a quienes ofrecen planes voluntarios de salud, servicio de transporte especial de pacientes y los prestadores de servicios en salud en el distrito capital según sus competencias y obligaciones en el sistema.