Solicite una intervención de manejo integral de roedores
1. Predio privado:
Recuerde que el responsable del manejo y control de plagas como roedores, palomas o zancudos en un lugar, inmueble o predio privado, se define de la siguiente manera (Ley 9 de 1979):
* Inmuebles privados, como establecimientos comerciales, viviendas o conjuntos residenciales, será responsabilidad del propietario o tenedor de estos.
* En obras públicas, será el contratista dentro de su plan de manejo ambiental el encargado de realizarlo.
* En inmuebles o predios a cargo de una entidad como colegios, plazas de mercado, universidades o parques públicos será la entidad la encargada de disponer el plan de manejo.
Tenga en cuenta que la presencia de estos animales está directamente relacionada con las condiciones higiénico-sanitarias del lugar o de sus alrededores, dentro de las que se encuentran la disposición inadecuada de basuras, acumulo de escombros, pastos altos, alcantarillas y redes de alcantarillado sin mantenimiento y ausencia de encerramientos.
2. El predio es público por favor haga clic aquí