Es obligatoria la inscripción y la solicitud de autorización sanitaria de vehículos dedicados al transporte de carne y productos cárnicos comestibles ante la respectiva Dirección Territorial de Salud, según el Art. 10 de la Resolución 2016041871 de 2016, expedida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
Para lo cual se habilitó el siguiente enlace:
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