Frente al trámite del Proyecto de Acuerdo No. 340 de 2025, el cual busca crear una “Ruta por la vida dirigida a mujeres gestantes, lactantes y vida por nacer”, la Secretaría Distrital de Salud se permite informar que:
- De acuerdo con la normativa nacional, el único actor facultado para definir la ruta de atención en salud es el Ministerio de Salud y Protección Social. Bajo la Resolución 3202 de 2016 se adoptó el Manual Metodológico para las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS), las cuales son herramientas obligatorias que definen las condiciones para asegurar la integralidad en la atención. Por lo tanto, la creación de una nueva ruta mediante el Proyecto de Acuerdo 340 excede las competencias que tiene el Concejo de Bogotá para tal efecto.
- Bogotá ya cuenta con lineamientos técnicos y operativos estrictos impartidos por el Gobierno Nacional:
• Los equipos de salud obedecen la Resolución 3280 de 2018 (modificada por la Resolución 051 de 2023), que adopta la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Materno Perinatal.
La ruta reconoce a las mujeres en edad fértil como sujetos de la atención en salud, en el marco de la garantía de sus derechos, específicamente encaminados a proteger la salud y garantizar el derecho a una vida libre de violencias, asegurando la prestación de los servicios de salud a la mujer en etapas del ciclo reproductivo de forma completa y suficiente.
• Esta ruta garantiza el acceso a servicios seguros y de calidad para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), reconociendo el derecho a la autonomía y autodeterminación reproductiva.
• El modelo vigente asegura un abordaje integral que incluye aspectos médicos y biopsicosociales, sin distinción de orientación sexual o identidad de género.
La atención en salud actualmente ya contempla procedimientos claros y rigurosos que el proyecto de acuerdo aprobado por el Concejo pretende replicar o intervenir.
Ante esto, la Secretaría Distrital de Salud considera que el título de este proyecto genera confusión y limitantes para el acceso al denominarlo ruta, frente a lo cual ya se había emitido concepto de no viable.
Es importante recordar que la Secretaría Distrital de Salud ya ha emitido la Circular 024 de 2023, mediante la cual imparte recomendaciones para garantizar el acceso seguro, oportuno y de calidad a la atención integral en la IVE. Estas acciones se realizan en el marco de las competencias distritales y en estricto cumplimiento de la Ruta Materno Perinatal nacional.
Reiteramos que las intervenciones en salud deben adaptarse a los ámbitos territoriales aplicando la destinación de recursos financieros existentes, pero siempre bajo los lineamientos que imparte el Ministerio de Salud dentro de su competencia.