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Consulte la Circular 018 de 2019​

La Secretaría Distrital de Salud tiene a disposición de los prestadores herramientas que facilitan la verificación y el correcto diligenciamiento de los RIPS. De acuerdo con la circular 018 de 2019 de la SDS, el reporte será mensual, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del código de habilitación del prestador de salud (sin incluir los dos últimos dígitos correspondientes a la sede) así:

• 00-33 del 01 al 10 de cada mes

• 34-66 del 11 al 20 de cada mes

• 67-99 del 21 al 30 de cada mes   


¡Importante! Consulte aquí la Resolución 2275 de 2023, que modifica los RIPS​​​​


En virtud de la presente comunicación y en estricto cumplimiento de lo establec​ido en la Circular 018 de 2019, se informa de manera puntual que, a partir de la fecha, la plataforma de cargador RIPS se encuentra habilitada en el siguiente enlace: https://cargarips.saludcapital.gov.co/cargadorrips 

En consecuencia, en adelante no se recibirán reportes de información vía correo electrónico o por cualquier otro medio diferente al cargador RIPS, conforme a los lineamientos establecidos en dicha circular. Para cualquier consulta o asistencia relacionada con el proceso de carga de RIPS, se invita a utilizar los medios establecidos.


​ Los archivos enviados al correo electrónico contingenciarips2024@saludcapital.gov.co, hasta el 08/03/2024 a las 11:30 am serán procesados baja el esquema de contingencia, aclarando que, si estos generan rechazo, el prestador debe corregirlos y presentarlos nuevamente a través plataforma cargador RIPS.