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Atención Prehospitalaria (APH) - Servicio para casos de urgencia crítica y emergencia

La Atención Pre Hospitalaria-APH es el servicio que se presta a la comunidad cuando se presentan urgencias, emergencias o desastres en el sitio de ocurrencia del evento y de manera conjunta con los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Comprende los servicios de salvamento, atención médica y transporte que se prestan a enfermos o accidentados fuera del hospital, constituyendo una prolongación del tratamiento de urgencias hospitalarias.

    Convocatoria Dona Bogotá

   

Este servicio es prestado por la Dirección de Urgencias y Emergencias en salud -DUES de la Secretaría Distrital de Salud, que se encarga de coordinar la atención y la resolución de urgencias médicas, emergencias y los desastres del Distrito Capital a través del Sistema de Emergencias Médicas.

Todo ciudadano y ciudadana del Distrito Capital puede solicitar una ambulancia o vehículo para la Atención Pre Hospitalaria- APH a través de la Línea de Emergencias 123 en salud.  Es el único número al que se puede llamar para solicitar este servicio, que no genera ningún costo para el usuario, es decir, es totalmente gratuito.

Es importante solicitar el servicio de APH sólo en los siguientes casos de urgencia crítica y emergencia:
• Accidente de tránsito con herido o lesionado
• Persona herida en vía pública
• Dolor toráxico
• Madre gestante en alto riesgo
• Intoxicación
• Caída de altura
• Persona inconsciente
• Persona que no respira o tiene dificultad para respirar
• Persona con alteraciones en su comportamiento mental
• Herido por arma blanca
• Herido por arma de fuego
• Casos de embarazos con trabajo de parto en curso
• o cualquier caso que usted considere que compromete la salud de una persona

La Secretaría Distrital de Salud cuenta para la Atención Pre Hospitalaria APH con los siguientes tipos de móviles:
• Transporte Asistencial Básico
• Transporte Asistencial Medicalizado
• Transporte Asistencial Neonatal
• Vehículos de Respuesta Rápida (motocicletas)
• Vehículo Equipo Comando de acciones en salud
• Transporte Asistencial  Básico de Psiquiatría

Línea de Salud Mental

La Secretaría Distrital de Salud  tiene habilitado un servicio las 24 horas para personas o pacientes con trastorno psicológico, a través de un equipo de profesionales de psicología que realizan la intervención en crisis y según el caso, se decide el envío de una ambulancia de psiquiatría para que valore al paciente y decida la mejor acción.    

Tenga en cuenta

• La SDS, de acuerdo con la disponibilidad de los recursos, podrá responder a las solicitudes de los ciudadanos, de ahí la importancia de hacer buen uso de este servicio, en casos de real urgencia. De igual manera en algunas ocasiones el médico regulador dará la orientación para atender una situación de salud mientras se asigna un recurso disponible para la atención del incidente.

• En el mismo sitio del evento y mientras llega el equipo especializado, las personas capacitadas como Primer Respondiente deben iniciar la primera ayuda,  al igual que brigadas de emergencia, personal médico y auxiliar de una ambulancia. Sea un ciudadano activo, participe en nuestro curso de primer respondiente.

• De las más de 800.000 llamadas anuales al centro operativo de la Dirección de Urgencias y Emergencias, más de 300.000 reportan incidentes (llamadas que reportan una urgencia o emergencia) en el Distrito Capital, prestándole atención a cada una de ellas, sin embargo, dada la gran cantidad de solicitudes de móviles, es necesario priorizarlas para poder prestar el servicio de manera eficiente y oportuna.

• Una vida humana puede depender de una llamada telefónica, no congestione la línea  123 con llamadas innecesarias.

• Recuerde que nuestra prioridad son las vidas y las urgencias críticas.

• Apreciado ciudadano, el programa de Atención Prehospitalaria es un servicio para todas y todos los ciudadanos capitalinos. Tenga en cuenta que su buen uso y cuidado debe ser responsabilidad de cada uno de nosotros.  

En caso de ser requerido consulta la normativa aplicable

Decreto 451 de 2005  "Por el cual se implementa el Sistema del Número Único de Seguridad y Emergencias para el Distrito Capital NUSE 123, creado por el capítulo 6 del Decreto 503 de 2003 y se dictan otras disposiciones".

Resolución 001220 de 2010  "Por la cual se establecen las condiciones y requisitos para la organización, operación y funcionamiento de los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y Desastres, CRUE".