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Convocatoria Dona Bogotá

  

Reconocimiento a los comprometidos en la donación de órganos

Como incentivo y exaltación de todas aquellas personas o asociaciones comprometidas con la donación de órganos y tejidos en la ciudad, la Secretaría Distrital de Salud junto con el Concejo de Bogotá, crearon el Acuerdo 369, Orden “Responsabilidad Social DONA BOGOTA”, como reconocimiento

    Convocatoria Dona Bogotá

   

a las personas comprometidas con esta causa, que permite salvar miles de vidas, a través de un acto altruista como es el de donar un Órgano o tejido con fines de trasplante.

Por esta razón, si usted, alguna persona o empresa que conozca, ha trabajado o realizado gestiones para incentivar, promover la cultura de la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante e implante en la Capital, postúlese, participe y hágase acreedor de esta orden.

Los requisitos para participar son:

  • Documento máximo tres páginas dando a conocer experiencia y actividades desarrolladas en el tema de donación y trasplante de órganos en la Capital.
  • Anexo de los soportes que avalen o certifiquen actividades en Pro de la donación y trasplante de órganos, tales como: capacitaciones, foros, charlas, talleres, video conferencias, paneles, acciones lúdicas. 
  • Participación en medios de comunicación.
  • Realizar actividades de sensibilización y carnetización, con sus respectivos soportes debidamente registradas en la página web www.ins.gov.co  

La inscripción se realizará de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde en la Secretaria General del Concejo de Bogotá, Calle 37 No. 28ª-28 P.2

El comité evaluador, estará conformado de la siguiente manera:

  • Dos funcionarios de la Secretaria de Salud D.C. (El Secretario de Salud o su delegado y el Coordinador de la Regional Bogotá)
  • Dos honorables concejales de la Corporación, nombrados por la Mesa Directiva.

El reconocimiento se entregará el día 25 de abril de cada año, durante el Día Distrital del Donante, en una ceremonia especial en el Concejo de Bogotá. La iniciativa pretende reconocer a las personas naturales o jurídicas que incentivan y promueven a través de actos de sensibilización la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante e implante y que apoyan a pacientes trasplantados.

Preguntas Frecuentes

Cuándo se pueden donar órganos o tejidos?

Es posible donar antes o después de la muerte. Antes, se puede donar un riñón, un pulmón, un pedacito de hígado, a criterio del médico tratante y de acuerdo al alto grado de compatibilidad que sea hallado entre las partes, el donante y el receptor. Al fallecer por muerte encefálica y con autorización de la familia se puede ser donante de órganos y tejidos con fines de trasplante y salvar a más de 55 personas.

¿Qué se puede donar?

Se pueden donar órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones, páncreas y intestino. Igualmente se pueden extraer tejidos como las córneas, piel, huesos, vasos sanguíneos, válvulas cardiacas, cartílagos, tendones y nervios.

¿El trasplante tiene algún costo para la persona que lo necesita?

No, el Plan Obligatorio de Salud cubre los trasplantes de corazón, riñón, hígado, córneas y médula ósea.