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​Acreditación.

Es un procedimiento voluntario y periódico, orientado a demostrar el cumplimiento de estándares de Acreditación de centros de cosmetología y similares 

Que se debe hacer para obtener la acreditación

Siga estos pasos para acreditar un establecimiento

  1. Identifique los estándares de acreditación que debe cumplir de acuerdo con el tipo de servicio que presta:
    Anexo técnico No. 1: Estándares para acreditación en calidad de establecimientos de estética ornamental (peluquerías, salas de belleza y afines).
    Anexo técnico No. 2: Estándares para acreditación en calidad de establecimientos de estética facial y corporal o afines.
  2. Realice la de autoevaluación de estándares por medio de los instrumentos:
    • Guía de autoevaluación de estándares para acreditación en calidad de establecimientos de estética ornamental (peluquerías, salas de belleza y afines) ver aquí
    • Guía de autoevaluación de estándares para acreditación en calidad de establecimientos de estética facial y corporal o afines ver aquí
  3. Verifique que el establecimiento cuenta con concepto sanitario favorable emitido hace menos de 6 meses, de lo contrario solicita visita para emisión del concepto sanitario al hospital de la localidad donde se encuentra ubicado el establecimiento
  4. Verifique que el establecimiento cuenta con certificado de matricula mercantil expedido por la Cámara de Comercio emitido hace menos de 3 meses
  5. Solicite una visita de verificación de estándares ante la Subred Integrada de Servicios de Salud que vigila el establecimiento, la carta de solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:
    • Nombre o razón social del establecimiento.

          • Nombre del representante legal o del propietario

          • Dirección, teléfono, nombre del barrio donde se encuentre ubicado

          • Servicios de estética facial, corporal o similar que preste el establecimiento

Adicionalmente adjunte en medio físico (Fotocopia) la siguiente documentación:      

          • Concepto sanitario favorable expedido por el la Subred Integrada de Servicios de Salud de la Localidad (debe tener máximo seis   meses de anterioridad).

         • Certificado de matricula mercantil expedido por la Cámara de Comercio (debe tener máximo tres meses de anterioridad).

         • Cuando se trate de instituciones de educación, resolución de aprobación expedida por la respectiva autoridad educativa territorial. 

Cuál es la vigencia de la acreditación

El término de vigencia de la acreditación es de un (1) año, contado a partir de la fecha en la cual se hace entrega de la Resolución que la otorgue y el sello de bioseguridad, la cual puede ser renovada por períodos iguales, siempre y cuando se mantengan las condiciones que dieron su origen. Vencido el término de la vigencia de la acreditación (un (1) año), la Subred Integrada de Servicios de Salud programa nueva visita para verificar la continuidad del cumplimiento de los requisitos contenidos en los estándares de calidad, caso en el cual se pueden dar dos resultados. 

     1. Caso positivo: El establecimiento conserva el cumplimiento total de los requisitos contenidos en los estándares. Se renueva la acreditación por otro año a través de acto administrativo.

     2. Caso negativo: El establecimiento presenta cumplimiento parcial de los estándares de calidad, se otorga un único plazo de 30 días calendario para que el propietario o representante legal realice los ajustes correspondientes. Si persiste el incumplimiento se retira el sello de bioseguridad del establecimiento y se niega toda solicitud de acreditación por un año. 

Usted deberá solicitar una visita de verificación de estándares ante la Subred Integrada de Servicios de Salud que vigila el establecimiento, la carta de solicitud debe contener la información y los anexos anteriormente mencionada en el numeral 5.